Nueva ley protegerá recursos naturales de la salud humana y del medio ambiente

La Asamblea Legislativa aprobó la creación de una normativa que garantizará la salud de plantas y animales y la inocuidad de los alimentos no procesados de origen vegetal o animal.

En la sesión ordinaria 52, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron, con 60 votos, la creación de la Ley de Protección a la Sanidad Vegetal, Salud Animal e Inocuidad de los Alimentos no Procesados ​​​​de Origen Vegetal o Animal.

La normativa garantizará la salud vegetal y la inocuidad de los alimentos no procesados ​​de origen vegetal o animal, asegurando la protección de los recursos naturales de la salud humana y del medio ambiente.

Este marco normativo, que fue elaborado en conjunto con la Superintendencia de Regulación Sanitaria, responde a la necesidad de cubrir las demandas actuales en el rubro, ya que la ley vigente datos de 1995 y es necesario actualizarla.

Durante el estudio de la propuesta, el superintendente de Regulación Sanitaria, Noé García, destacó que gracias a la propuesta se sentará un precedente para poder exportar ya que, en el pasado, a pesar de existir Tratados de Libre Comercio, no se podían comercializar productos o alimentos porque no cumplían con los requisitos establecidos.

El funcionario también explicó que la ley permitirá la certificación de los procesos productivos para que El Salvador, a través de las personas ganaderas y avicultores, puedan criar animales, realizar el proceso que corresponde y exportar carne.

García expresó que la normativa contempla disposiciones transitorias que indican que la Superintendencia de Regulación Sanitaria, a partir de enero de 2027, pasaría a ser la entidad competente de los alimentos semiprocesados ​​y procesados ​​de consumo animal. Actualmente, esta entidad se encarga de regular los productos semiprocesados ​​y procesados ​​de consumo humano.

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Atribuciones del MAG

El Ministerio de Agricultura y Ganadería será la autoridad competente para aplicar la ley, sus reglamentos y la normativa nacional o internacional vigente relacionada, pero para ello deberá de contar con el personal idóneo y capacitado en las áreas técnicas competentes.

Esta cartera de Estado deberá ejercer la vigilancia y realizar el diagnóstico de plagas en vegetales de infecciones, infestaciones y enfermedades en animales, incluidas las zoonosis.

Además, verificará las medidas fitosanitarias dentro del territorio nacional para el ingreso y movilización interna de vegetales, productos y subproductos de origen vegetal, alimentos no procesados ​​de origen vegetal, productos biotecnológicos en su origen vegetal y de otros artículos reglamentados.

También controlará plagas cuarentenarias en vegetales, productos y subproductos de origen vegetal, así como en los equipos materiales y medios de transporte utilizados en su movilización.

Interceptará los alimentos no procesados ​​de origen animal y vegetal cuando una evaluación preliminar haga sospechar que existen motivos razonables de la existencia de efectos potencialmente peligrosos para la salud humana.

El MAG deberá regular, registrar, fiscalizar, inspeccionar y controlar los establecimientos cuya actividad comercial esté relacionada con este rubro.

Asimismo, autorizará, registrará y supervisará a personas naturales y jurídicas que ejecuten funciones sanitarias y fitosanitarias de los alimentos no procesados ​​de origen vegetal o animal, insumos de uso agrícola, alimentos para animales y productos biotecnológicos de origen vegetal o animal.

Inspecciones del MAG

Toda persona natural, jurídica, pública o privada deberá permitir el ingreso del personal del Ministerio de Agricultura a las unidades de producción de especies animales, para que la referida institución pueda practicar inspecciones, obtener muestras, verificar la existencia de plagas, enfermedades, residuos químicos como plaguicidas y medicamentos veterinarios.

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Además, podrá verificar la existencia de contaminantes en alimentos no procesados ​​de origen vegetal o animal, la calidad y seguridad de los insumos de uso agrícola o productos biotecnológicos de origen vegetal o animal, así como la inocuidad de los alimentos para animales. Asimismo, realizará actividades de vigilancia.